Funciones

Artículo 5 Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública,
Artículos 4, 7 y 15 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

  1. Conocer y canalizar las solicitudes interpuestas por los solicitantes en el marco de la ley.
  2. Acatar los lineamientos que emita el Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP).
  3. Publicar en el portal único la información de carácter obligatorio de acuerdo a ley.
  4. Atención y canalización de las sugerencias posteadas en el portal de participación ciudadana.
  5. Rendir informes quincenales y mensuales a la Secretaria Ejecutiva relacionados con las solicitudes de información presentadas mensualmente.
  6. Efectuar las funciones de enlace inter institucional entre el IP y el IAIP.
  7. Rendir informes mensuales, trimestrales y anuales de las solicitudes presentadas a la oficina de transparencia por el público.
  8. Monitorear, actualizar y publicar la información de carácter obligatorio en el portal de Transparencia del Instituto.
  9. Solicitar la información necesaria a las diferentes dependencias del instituto para su publicación en el portal de transparencia del Instituto.
  10. Acatar todos los lineamientos que emita el IAIP en cuanto al funcionamiento de la oficina de transparencia del IP.
  11. Orientar a los solicitantes que lo soliciten sobre como presentar la solicitud de información ante la oficina de transparencia del IP.
  12. Resolver las solicitudes presentadas ante la oficina de transparencia en un plazo no mayor a diez días hábiles, y comunicar la prorroga correspondiente.
  13. Formar parte del comité de compras y licitaciones del instituto.
  14. Asistir a todas las reuniones que se le convoque por parte del comité.

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