1. ¿Qué trámites se realizan dentro de la Dirección General del Catastro Nacional?
- Solicitud de Constancia y Plano de situación catastral.
- Levantamientos Catastrales.
- Levantamientos y dictámenes para el Ministerio Público.
- Levantamientos solicitados por otras secretarías de estado.
- Levantamientos de límites territoriales.
- Levantamiento de Mojones y verificación en campo de títulos Administrativos.
2. Definición general de Georreferencia.
Es la técnica de posicionamiento espacial de una entidad en una localización geográfica única y bien definida en un sistema de referencia de coordenadas específico.
3. ¿Qué es Georreferencia en el SURE?
Es la relación que existe en el Sistema Unificado de Registros (SURE), entre un predio registrado en el Registro de la Propiedad Inmueble y el predio registrado por el Catastro. La Ley de la Propiedad establece como obligatoria la georreferencia, para garantizar la consistencia entre la información jurídica y la realidad física de los predios.
4. ¿En qué consiste la georreferencia?
Como resultado de la modernización del Registro de la Propiedad, una vez digitalizada la información de tomos del Registro y realizado el levantamiento catastral -masivo o individualizado- se procede a crear una Georreferenciación entre la matrícula del RPI y el predio en el mapa catastral. Esta georreferencia puede ser realizada por dos métodos: el primero es de manera completa con los predios que se encuentran en una zona declarada catastrada. El segundo método es temporal y consiste en la colocación de un punto de ubicación relacionado al predio inscrito en el RPI en las zonas donde no se cuenta con información catastral oficial.
5. ¿En qué ley está amparada la georreferenciación?
Art. 47 y 55 de la Ley de Propiedad y el Art. 53 del Reglamento de Mensura Catastral.
6. ¿Por qué aparecen las alertas en las inscripciones registrales?
Las alertas son consecuencia del principio de Publicidad y la responsabilidad de transparencia del Registro de la Propiedad. Estas se activan de forma automática, por diferentes razones, una de estas alertas es la falta de Georreferencia, acorde a la Ley de Propiedad:
Artículo 55 "Toda propiedad inmueble dentro del territorio de la República de Honduras, debe estar georreferenciada. Los titulares de dichos inmuebles tienen la obligación de proporcionar la información necesaria y el auxilio gratuito que les sea requerido para el cumplimiento de este fin”.
Artículo 47 "Los registradores deberán consultar la información que contenga la base de datos del sistema de información registro catastral para proceder a calificar y autorizar un asiento de inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble que se encuentre en zona catastrada. No podrá inscribirse ninguna transacción sobre predios catastrados irregulares. En todo el país será obligatoria la georreferencia de los predios sobre los que se realicen transacciones inscribibles, independientemente de que se encuentren bajo el sistema de folio personal o folio real"
Otras alertas que aparecen en las inscripciones registrales, por la relación Registro-Catastro pueden deberse a:
- Diferencia de área entre el levantamiento catastral y el área consignada en la escritura, fuera del margen de tolerancia.
- Varias parcelas de catastro referidas a una sola matrícula del registro.
- Varias matrículas de registro referidas a una sola parcela de catastro.
- Diferencia de derechos entre la parcela de catastro y la matrícula de registro.
7. ¿A qué refiere el ícono de afectaciones en una matrícula en el SURE?
Refiere a los gravámenes administrativos que pueda tener cada parcela, los cuales pueden ser informativos y restrictivos. Estos dependen de la ubicación del inmueble. Actualmente el SURE solamente refleja las afectaciones que son de tipo informativos y no afectan el derecho del propietario, ni el uso de la parcela."
8. Diferencia entre la clave catastral de la Alcaldía con la clave del Catastro IP
Cada municipalidad posee un departamento de catastro que se encarga del inventario inmobiliario con fines fiscales. Los códigos o claves catastrales no están estandarizados, algunas municipalidades la conforman de acuerdo con una codificación derivada de los cuadrantes de las hojas cartográficas, otras municipalidades como la del Distrito Central y San Pedro Sula tienen sectorizado su territorio y de ello se deriva la clave catastral. A continuación, se muestra el ejemplo de una clave catastral del Distrito Central:
El Instituto de la Propiedad siendo la entidad rectora de catastro a nivel nacional tiene como finalidad crear, desarrollar y administrar un sistema nacional de información territorial en materia de propiedad. La clave catastral del IP (SURE) se conforma de la siguiente manera:
9. Diferencia entre georreferenciación de un ingeniero particular con la georreferenciación del Catastro IP
La diferencia es que cuando se realiza la georreferenciación por la DGCN, esta información se ingresa en el registro catastral del Sistema Unificado de Registro (SURE), y esta es vinculada a la información Registral (folio digital), en caso de la georreferenciación de un ingeniero particular, este genera un plano georreferenciado externo al sistema SURE.
10. ¿Qué derecho me otorga la constancia de situación catastral sobre la propiedad?
La información que contiene la Constancia de Situación Catastral está fundamentada en la documentación que se acompaña en la solicitud y el informe técnico de campo, por consiguiente, las constancias emitidas por la DGCN no otorgan derechos de posesión ni propiedad del inmueble.
11. ¿Dónde se encuentra la solicitud y requisitos de la Dirección General del Catastro Nacional?
En las ventanillas de atención al público de la DGCN y en el sitio web https://www.ip.gob.hn/
12. ¿Cuál es el valor de la tarifa catastral?
El cobro de la tarifa catastral tiene factores condicionantes como ser el tipo de solicitud, la zona, el área y la ubicación del inmueble (Decreto publicado en la Gaceta # 32068 de 20/11/2009). Como ejemplo:
Los inmuebles urbanos con un área hasta 28 manzanas ubicados en ciudad donde hay cede regional de la DGCN, tienen un valor de tarifa catastral de L2,244.00 y los inmuebles rurales con un área hasta 28 manzanas, con distancia hasta 100 km, ubicados en zona 3 (según reglamento de viáticos), tienen un valor de tarifa catastral de L3,727.00; cabe mencionar que a este valor se le debe de sumar el costo de constancia de situación catastral que es de L200.00 y el costo de plano del predio medido de L300.00.
13. ¿Qué días se atiende en la Dirección General del Catastro Nacional?
La atención en ventanilla es de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
Cuando son consultas por casos específicos, la atención al usuario se programa según el caso, en los días abajo detallados:
Para Tegucigalpa:
- Gestor de Inspecciones de Campo: viernes de 8:00 a.m. a 3:00 p.m.
- Llenado de Fichas Catastrales: miércoles de 10:00 a.m. a 12:00 p.m.
- Secretaria General: miércoles, jueves y viernes de 8:00 a.m. a 3:00 p.m.
Las oficinas regionales atienden solamente en ventanilla.
14. ¿Cuáles son los medios de comunicación de la Dirección General del Catastro Nacional?
Los medios de comunicación que se utilizan se detallan a continuación:
1. Tegucigalpa:
- Correo electrónico:
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. - WhatsApp: 8787-4212.
- Llamadas telefónicas: 8787-4212.
2. Comayagua:
- Correo electrónico:
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3. San Pedro Sula:
- Correo electrónico:
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Observación: en este momento no contamos con la línea telefónica fija.
15. ¿Dónde se puede generar el recibo de pago por tarifa catastral y constancias de situación catastral?
Se debe de ingresar al enlace:
- https://aplicaciones.sinap.hn/tsr/
- Llenar cada uno de los espacios requeridos, en clasificación se debe de colocar servicios catastrales, en servicio se debe de colocar ya sea tarifa catastral, constancia de situación catastral o plano de situación catastral, según sea lo que se requiera.
- Se debe de colocar el costo a pagar.
- Clic en el símbolo.
- Generar Recibo.